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Cuando se tiene un problema lo mejor es consultar con un profesional para que éste realice un estudio del mismo y
detalle sus características, su naturaleza y su modo de solución. Problemas hay muchos en la vida y a veces creemos
erróneamente que seremos capaces de solucionarlos sin ayuda de nada ni de nadie y desgraciadamente (en muchas ocasiones)
decidimos acudir a los profesionales cuando ya no tienen solución. En esta sección iré detallando las características
de algunos de ellos para conocerlos, en primer lugar, porque el que conoce algo lo puede controlar mejor.
EL ABANDONO es un modo de pédida de la posesión (Art. 460 CC). Así como la posesión es un hecho en cuanto potestad
o poder inmediato y directo sobre la cosa, también el abandono constituye un hecho, precisamente la pérdida voluntaria del
poder sobre la cosa que se abandona. El abandono se refiere a una situación de hecho, siendo la pérdida voluntaria del
derecho la renuncia al mismo.
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